viernes, 27 de febrero de 2009

VACACIONES PENDIENTE AÑO ANTERIOR

Os recordamos que, según la normativa de Indra, tenemos de plazo hasta el 31 de marzo para agotar los días de vacaciones pendientes de 2008. Y en caso de que, por necesidades de trabajo, un responsable no permita a sus subordinados agotarlos en este plazo, deberá informar por escrito a RRHH de este retraso y su justificación.

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